Hace unos meses acudió al despacho una clienta con una deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social de 48.687,19€, más una serie de deudas con acreedores privados. Deudas que le resultaban absolutamente imposible de afrontar. Respecto a la deuda con la Seguridad Social, casi la mitad de esa cantidad correspondía a intereses de demora y recargos de apremio.
Analizamos su situación e iniciamos el procedimiento para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), al amparo del mecanismo de la segunda oportunidad.
La Tesorería General de la Seguridad Social se opuso. No discutía el derecho de nuestra clienta a obtener la exoneración. La controversia estaba en su alcance: pretendía limitarla a un máximo de 10.000€ sobre el conjunto de la deuda, lo que habría dejado a nuestra clienta con más de 38.000€ pendientes de pago.
La cuestión era, por tanto, determinar cómo debía aplicarse el límite legal a la exoneración del crédito público y qué tratamiento correspondía a los intereses de demora y los recargos de apremio.
Mediante sentencia de 29 de junio de 2026, la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante rechazó la tesis de la Tesorería, de conformidad con la doctrina del Tribunal Supremo establecida en sus sentencias de 18 de febrero de 2026.
La resolución reconoce que el límite de 10.000€ opera por cada acreedor público y que los intereses de demora y los recargos de apremio quedan íntegramente exonerados, sin computar a efectos de dicho límite.
El resultado: de los 48.687,19€ que nuestra clienta debía a la Seguridad Social, conseguimos la exoneración de 30.483,18€. A ello se suma la exoneración del resto de las deudas comprendidas en el procedimiento.
Más allá de las cifras, nuestra clienta puede dejar atrás una deuda que no podía afrontar. Eso es, en definitiva, lo que debe ofrecer el mecanismo de la segunda oportunidad: una solución efectiva para quienes, cumpliendo los requisitos legales, no pueden resolver su situación de insolvencia por sus propios medios.
En García-Talavera Abogados estudiamos cada asunto de forma individualizada, con rigor jurídico, dedicación y una estrategia adaptada a las circunstancias de cada cliente.
Si tienes deudas con la Seguridad Social u otros acreedores que no puedes afrontar, podemos estudiar tu situación y valorar si reúnes los requisitos para acogerte al mecanismo de la segunda oportunidad.
