¿Puedo recuperar mi vivienda okupada? Desalojo inmediato mediante medida cautelar || Te contamos un caso de éxito

Muchos propietarios creen que, si les ocupan la vivienda, tendrán que esperar hasta el juicio para recuperarla. No siempre es así. Ahora bien, para que no lo sea hay que actuar con rapidez y solicitar al juzgado, desde el primer momento, las medidas adecuadas.

Recientemente hemos conseguido el desalojo inmediato de una vivienda ocupada en la Marina Alta. Sus propietarios —titulares de una segunda residencia que utilizan con frecuencia y en la que tenían incluso su vehículo— recuperaron la posesión en menos de una semana. El juicio está señalado para diciembre y la entrada se produjo en julio.

Hasta que acudieron a nosotros, los propietarios no sabían que podían recuperar su vivienda sin esperar a esa fecha. Tras la revisión del asunto, solicitamos el desalojo inmediato como medida cautelar inaudita parte, es decir, sin esperar al juicio ni oír previamente a los ocupantes. El juzgado lo acordó en apenas seis días, al apreciar el perjuicio que cada día de ocupación causaba a los propietarios: el deterioro de la vivienda, los gastos que seguían soportando y el riesgo para los bienes que había en su interior.

Este tipo de procedimientos requieren rapidez y una solicitud bien fundamentada. Y es precisamente ahí donde suele perderse un tiempo que el propietario no tiene.

En García-Talavera Abogados asesoramos tanto a propietarios españoles como extranjeros en la recuperación de viviendas ocupadas, tanto en procedimientos civiles como penales. Trabajamos cada asunto con exigencia, calidad y dedicación, y con un trato cercano y transparente, para encontrar siempre la mejor solución para nuestros clientes en el menor tiempo posible.

📩 Si tu vivienda ha sido ocupada y necesitas recuperarla cuanto antes, puedes consultarnos.

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